Pensión Alimentaria (Título IV del Código de NNA)
Regula el derecho de niños, niñas y adolescentes a recibir pensión alimentaria de ambos progenitores, sin importar el estado civil de los padres.
Lo esencial
- Ambos padres son responsables sin importar estado civil
- Cubre alimentos, vivienda, salud, educación y recreación
- El monto se fija según ingresos y necesidades del menor
- Incumplir 2 cuotas implica prisión hasta 2 años
- Tribunal de NNA puede embargar salario y bienes
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Poder Judicial · Tribunales NNA
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Este resumen explica la ley en palabras claras para orientarte. No es asesoría legal y no sustituye el texto oficial ni la opinión de un abogado.