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Ley para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados

VigenteLey 631-16 · 2016

Regula la tenencia, porte, comercio y uso de armas de fuego en la República Dominicana.

Lo esencial

  • Prohíbe armas a menores de 25 años (con excepciones)
  • Licencia de porte requiere examen psicológico, médico y de antecedentes
  • Permitido máximo 2 armas cortas y 1 larga por persona civil
  • Prohibido portar arma en bares, estadios, escuelas y manifestaciones
  • Penas de 3 a 10 años por porte ilegal
Texto oficial completo
Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
Abrir el documento oficial
Enlace verificado en septiembre de 2026 · dominio oficial del Estado

Este resumen explica la ley en palabras claras para orientarte. No es asesoría legal y no sustituye el texto oficial ni la opinión de un abogado.

Preguntas frecuentes

Qué regula la Ley 631-16?

Regula la tenencia, porte, comercio y uso de armas de fuego en la República Dominicana.

Está vigente la Ley 631-16?

Sí, está vigente. El enlace al texto oficial se verificó en septiembre de 2026.

Dónde está el texto oficial de la Ley 631-16?

Lo publica Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en un dominio oficial del Estado. Desde esta ficha puedes abrir el documento completo.

Qué establece la Ley 631-16, en lo esencial?

Prohíbe armas a menores de 25 años (con excepciones); Licencia de porte requiere examen psicológico, médico y de antecedentes; Permitido máximo 2 armas cortas y 1 larga por persona civil.

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