Multas de tránsito
Cada infracción con el artículo en que está escrita y lo que cuesta hoy en pesos.
La ley no fija las multas en pesos: las fija en salarios mínimos del sector público centralizado. El monto en pesos de esta página es un cálculo a partir de ese valor.
No es el salario mínimo privado. Ese está entre RD$ 16,993 y RD$ 29,988 según el tamaño de la empresa. Calculado con él, cada multa saldría casi tres veces más cara.
Las 92 infracciones de la Ley 63-17, con su artículo y su monto.
Estacionamiento5
Velocidad5
Alcohol y drogas2
Señales y semáforos8
Forma de conducir23
Estado del vehículo12
Licencia y seguro2
Pasajeros6
Carga3
Peatones2
Vía pública8
Transporte público2
Talleres y escuelas6
Infracciones muy graves8
Prueba con «velocidad», «estacionar» o «semáforo». También puedes quitar el filtro y ver las 92.
Esta tabla recoge las infracciones más frecuentes, no todo el catálogo de la ley. Si no aparece lo que buscas, revisa el texto oficial completo.
Fuente. Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, promulgada el 21 de febrero de 2017. Los montos salen del texto de la ley, no de una estimación. Esta tabla recoge las infracciones más frecuentes; el catálogo completo está en el documento oficial.
Cada multa, en una pregunta
La misma tabla, escrita como la gente la busca. El monto en pesos está arriba; aquí va el artículo y la escala en salarios mínimos, que es lo que dice la ley.
Artículo 141 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estacionamiento.
Artículo 237 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estacionamiento.
Artículo 238 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estacionamiento.
Artículo 239 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estacionamiento.
Artículo 241 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estacionamiento.
Artículo 264 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Velocidad.
Artículo 266 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Velocidad.
Artículo 267 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Velocidad.
Artículo 268 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Velocidad.
Artículo 269 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Velocidad.
Artículo 256 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Alcohol y drogas.
Artículo 257 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Alcohol y drogas.
Artículo 133 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 135 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 137 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 138 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 139 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 140 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 142 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 143 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Señales y semáforos.
Artículo 220 de la Ley 63-17: de 2 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 221 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 222 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 223 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 224 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 225 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 227 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 228 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 229 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 230 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 231 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 233 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 235 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 236 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 246 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 247 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 248 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 249 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 250 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 251 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 252 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 253 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 254 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Forma de conducir.
Artículo 42 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 76 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 167 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 170 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 174 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 189 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 191 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 192 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 193 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 194 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 195 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 198 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Estado del vehículo.
Artículo 210 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Licencia y seguro.
Artículo 217 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Licencia y seguro.
Artículo 67 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 68 de la Ley 63-17: de 1 a 2 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 69 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 96 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 98 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 124 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Pasajeros.
Artículo 62 de la Ley 63-17: de 3 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Carga.
Artículo 63 de la Ley 63-17: 0.5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Carga.
Artículo 122 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Carga.
Artículo 218 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Peatones.
Artículo 219 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Peatones.
Artículo 144 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 146 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 151 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 153 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 154 de la Ley 63-17: de 25 a 50 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 155 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 156 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 158 de la Ley 63-17: de 1 a 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Vía pública.
Artículo 44 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Transporte público.
Artículo 322 de la Ley 63-17: de 10 a 20 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Transporte público.
Artículo 168 de la Ley 63-17: de 10 a 20 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 169 de la Ley 63-17: de 2 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 176 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 177 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 274 de la Ley 63-17: 3 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 275 de la Ley 63-17: de 10 a 20 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Talleres y escuelas.
Artículo 281 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 300 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 303 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 304 de la Ley 63-17: 100 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 308 de la Ley 63-17: 1 salario mínimo del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 323 de la Ley 63-17: de 1 a 5 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 324 de la Ley 63-17: de 5 a 10 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.
Artículo 325 de la Ley 63-17: de 10 a 20 salarios mínimos del sector público centralizado. Categoría: Infracciones muy graves.