Rresuelve.
Socios
Migración

Ley sobre Régimen Especial de Naturalización

VigenteLey 169-14 · 2014

Establece régimen especial para personas nacidas en RD inscritas irregularmente y descendientes de extranjeros.

Lo esencial

  • Grupo A: nacidos en RD ya registrados, mantienen nacionalidad dominicana
  • Grupo B: no registrados, pueden optar por naturalización tras inscripción
  • Plazo de inscripción ante JCE definido por reglamento
  • Acceso a documentos de identidad y derechos civiles
  • No genera derecho automático para parientes en el extranjero
Texto oficial completo
Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
Abrir el documento oficial
Enlace verificado en septiembre de 2026 · dominio oficial del Estado

Este resumen explica la ley en palabras claras para orientarte. No es asesoría legal y no sustituye el texto oficial ni la opinión de un abogado.

Preguntas frecuentes

Qué regula la Ley 169-14?

Establece régimen especial para personas nacidas en RD inscritas irregularmente y descendientes de extranjeros.

Está vigente la Ley 169-14?

Sí, está vigente. El enlace al texto oficial se verificó en septiembre de 2026.

Dónde está el texto oficial de la Ley 169-14?

Lo publica Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en un dominio oficial del Estado. Desde esta ficha puedes abrir el documento completo.

Qué establece la Ley 169-14, en lo esencial?

Grupo A: nacidos en RD ya registrados, mantienen nacionalidad dominicana; Grupo B: no registrados, pueden optar por naturalización tras inscripción; Plazo de inscripción ante JCE definido por reglamento.

Volver a MigraciónTodas las áreas