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Régimen de Pasaportes

VigenteLey 1832 / 285-04 · 1948

Regula la emisión, uso y revocación de pasaportes dominicanos para viajes internacionales.

Lo esencial

  • DGP emite pasaportes
  • Tipos: ordinario, oficial, diplomático
  • Validez de 6 o 10 años
  • Procedimiento de renovación
  • Pérdida o robo: denuncia obligatoria
Texto oficial completo
Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Enlace verificado en septiembre de 2026 · dominio oficial del Estado

Este resumen explica la ley en palabras claras para orientarte. No es asesoría legal y no sustituye el texto oficial ni la opinión de un abogado.

Preguntas frecuentes

Qué regula la Ley 1832 / 285-04?

Regula la emisión, uso y revocación de pasaportes dominicanos para viajes internacionales.

Está vigente la Ley 1832 / 285-04?

Sí, está vigente. El enlace al texto oficial se verificó en septiembre de 2026.

Dónde está el texto oficial de la Ley 1832 / 285-04?

Lo publica Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en un dominio oficial del Estado. Desde esta ficha puedes abrir el documento completo.

Qué establece la Ley 1832 / 285-04, en lo esencial?

DGP emite pasaportes; Tipos: ordinario, oficial, diplomático; Validez de 6 o 10 años.

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